domingo, 29 de septiembre de 2013

SALIDA PROCESIONAL DE SAN MIGUEL

Ya llego el dia 29 de septiembre este año a disfrutar.

lunes, 23 de septiembre de 2013

ENSAYO EXTRAORDINARIO CON TRASLADO

Este viernes 27 de septiembre se procederá al traslado del paso ya montado para su salida el próximo domingo, sera a las 19:00 horas

viernes, 20 de septiembre de 2013

REGIMIEN INTERNO DE COSTALEROS CULLEROS (BORRADOR)



Cuerpo de Costaleros Reglamento de Régimen Interno COSTALEROS CULLEROS
Cuerpo de Costaleros

Reglamento de Régimen Interno

CAPÍTULO I.

OBJETIVOS, FUNDAMENTOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
.
Artículo 1º. Objetivo.
El objetivo del desarrollo del presente Reglamento, es el de regular la actividad de los Hermanos Costaleros de la Asociación Cultural los Amigos Culleros, sirviendo además como texto constitucional del Cuerpo de Costaleros como grupo de la Asociación, debidamente delimitado y reglamentado.
Esta reglamentación de régimen interno de costaleros se ha constituido con todos sus artículos para el mejor funcionamiento del Cuerpo de Costaleros, con las responsabilidades que corresponden a cada uno de sus miembros.

Artículo 2º. Denominación.
El título por el que se denomina a este grupo es el de “Cuerpo de Costaleros de la Parroquia Nuestra Señora de la Asunción de Cúllar Vega”.

Artículo 3º. Definición del Grupo.
El Cuerpo de Costaleros de la Parroquia Nuestra Señora de la Asunción, depende de la Asociación Cultural, con la tarea de ocuparse de portar el paso de San Miguel y Ntra. Sra. Del Rosario, y colaborar en las necesidades de costaleros de la Parroquia.

Artículo 4º. Fundamentos.
La constitución de este grupo se fundamenta en la integración del mismo dentro de la Asociación, quedando taxativamente prohibidas cuantas actividades pueda realizar el mismo por su cuenta y riesgo. Quiere decir que absolutamente todas las actividades del Cuerpo de Costaleros de la Parroquia Nuestra Señora de la Asunción como colectivo estarán enmarcadas dentro de la actividad general de nuestra Asociación y bajo su aprobación y supervisión.
Artículo 5º. Ámbito de aplicación.
Están sujetos a la observación del presente Reglamento todos y cada uno de los miembros del Cuerpo de Costaleros de la Parroquia Nuestra Señora de la Asunción, entendiéndose por ello todas aquellas personas que contribuyen al desarrollo de la actividad del mismo, tal y como más adelante se definirá.

Artículo 6º. Representante de la Junta de Directiva
La Junta Directiva  podrá nombrar a un miembro de la misma como interlocutor válido entre ésta y el Cuerpo de Costaleros, con el fin de agilizar y ayudar a resolver posibles problemas que puedan surgir.


CAPÍTULO II.
EL CUERPO DE COSTALEROS

Artículo 7º. Miembros
Serán miembros del Cuerpo de Costaleros el capataz, contraguías,
listeros, costaleros, y auxiliares nombrados por el capataz. Todos ellos deberán pertenecer a la Asocicacion Cultural los Amigos culleros

Artículo 8º. Condiciones de participación
La edad mínima para pertenecer al Cuerpo de Costaleros será la de
cumplir los 18 años en el año en curso, siendo posible tras autorización paterna a mayores de 14 años.

Artículo 9º. Responsabilidades personales
Todos los miembros del Cuerpo de Costaleros son responsables de
certificar que no sufran ningún impedimento físico para el normal desarrollo de su actividad. Los menores de edad deben estar respaldados en su declaración por la autorización paterna debidamente cumplimentada y confirmada.

Artículo 10º. Condiciones de igualdad.
Queda terminantemente prohibida la exclusión de cualquier persona por motivos de raza, condición social o género.

Artículo 11º. El Capataz.
El Capataz del Cuerpo de Costaleros de la Parroquia Nuestra Señora de la Asunción será nombrado por la Junta directiva y su duración será la misma que la directiva salvo que no cumpla con su cometido y sea sancionado por la junta directiva  con su destitución y llevará a cabo la dirección de la actividad del Cuerpo de Costaleros.
El Capataz ira de traje oscuro y bien aseado y portando la medalla.

Artículo 12º. Funciones del Capataz.
El Capataz es el primer y único responsable de los costaleros tanto en reuniones, ensayos como cuando se haga la salida procesional.
Al Capataz se le debe obediencia y respeto por parte de cada uno de los miembros de la cuadrilla.
Las llamadas las dará siempre el capataz sin alardeos
El Capataz será junto con el Representante de la Junta de Directiva quien convoque las reuniones y a las cuales asistirá con derecho de voz y voto. Las reuniones se convocaran siempre al menos con 48 horas.
El Capataz tiene las siguientes atribuciones:
Ø Proponer el nombramiento de Contraguías a la Junta.
Ø Coordinación de ensayos.
Ø Coordinación del movimiento del paso, traslados extraordinarios y
salidas.
Ø Realización de igualás y relevos.

Artículo 13º. El Contraguía.
Se entiende por Contraguía la persona designada por el Capataz para
ayudarle en su tarea controlando los movimientos de la parte trasera del paso.



Artículo 14º. Funciones del Contraguía
El Contraguía tiene las siguientes atribuciones, siempre bajo la
supervisión del Capataz y sometido a su aprobación:
Ø Control de los movimientos de la parte trasera del paso.
Ø Informar al Capataz de cuanto ocurra en la parte trasera del mismo.
Ø Repetir las órdenes del capataz para la parte trasera del paso.
Ø Cobertura de puntos muertos para el Capataz.
Ø Supervisión de horarios.
Ø Sustituir al Capataz en caso de que se tenga que ausentar.
Ø Apoyo al Capataz en cuentas tareas sea requerido.

Artículo 15º. Nombramiento del Contraguía.
El nombramiento del Contraguía corresponde al Capataz.

Articulo 16º. Los Listeros.
Los Listeros serán al menos dos miembros del cuerpo de costaleros.

Artículo 17º. Funciones de los Listeros.
Sus funciones serán apuntar los datos personales de cada costalero,
pasando lista tanto a la entrada como a la salida de:
Ø Los ensayos.
Ø Las reuniones de costaleros
Ø El día de la salida procesional
Ø Y estarán pendientes junto al Capataz de que todo el mundo este en su sitio y de quien entra o sale del paso y por qué motivo, teniendo siempre informado al capataz.
Ø Elaborar y mantener las listas de costaleros con sus datos personales.
Ø Apoyo al Capataz en cuentas tareas sean requeridos.

Artículo 18º. Nombramiento de los Listeros.
El nombramiento de los Listeros corresponde al Capataz.

Artículo 19º. El Costalero.
Se entiende por Costalero toda aquella persona que participa en la Asociación con el objeto de realizar el trabajo físico de portar el Paso de Nuestros Titulares en cuantas ocasiones sea necesario, con especial mención a la salida del 29 de Septiembre y 7 de Octubre. El Costalero tiene el derecho de ser respetado y aconsejado por el capataz y sus ayudantes. Tiene derecho a ser respetado por sus mismos compañeros y tiene el derecho y deber de ayudar a sus compañeros. Si algún costalero tiene algún problema se lo comunicara al Listero o Delegado de costaleros, que le darán solución a su problema; en caso contrario el delegado, siempre representando fielmente al costalero, se lo comunicara al Capataz y al Responsable de costaleros dándole la solución más oportuna.


Artículo 20º. Funciones del Costalero.
El Costalero tiene las siguientes atribuciones, siempre bajo la supervisión
del Capataz y sometido a su aprobación:
Ø Portar el paso de SAN MIGUEL.
Ø Portar el paso de Ntra. Sra. Virgen del Rosario
Ø Apoyo a los Capataces y contraguías en cuentas tareas sea requerido.
Ø Participar de la vida y actividades de la Asociación.

Artículo 21º. Obligaciones
El Costalero cuidará cada día su condición cristiana.
El Costalero debe cumplida obediencia a las normas que se impongan para los ensayos y la salida procesional.

Artículo 22º. El Delegado de costaleros.
El Delegado de costaleros representará al Cuerpo de Costaleros ante la Junta de directiva. Corresponde al Cuerpo de Costaleros su
elección, que se realizará por votación directa; siendo su duración en el cargo la misma que la duración de la Junta Directiva. No obstante si perdiese su condición de costalero cesará en el cargo, debiéndose nombrar un nuevo Delegado de costaleros.

Artículo 23º. Funciones del Delegado de costaleros.
El Delegado de costaleros, aparte de sus funciones ordinarias como
miembro del Cuerpo, tiene las siguientes responsabilidades:
Ø Recoger las quejas de los costaleros y estudiarlas con el Capataz y con el Responsable de costaleros para presentarlas a la Junta de Directiva.
Ø Representar y elevar a la Junta de Gobierno todas y cada una de las peticiones, demandas o propuestas del Cuerpo de Costaleros.
Ø El Delegado de costaleros representara fielmente al costalero que tenga un problema grave ante la Junta de Directiva, explicará el problema y será siempre fiel a la verdad ya sea a favor como en contra del costalero.
Ø Informar al Cuerpo de costaleros de las decisiones de la Junta de
Directiva.

CAPÍTULO III.

ENSAYOS Y SALIDA PROCESIONAL
Artículo 24º. Definición de ensayo.

Los ensayos son las sesiones preparatorias destinadas a realizar la
preparación físico-técnica de los costaleros, la coordinación de todos los movimientos y la coordinación plena entre capataces, contraguías y costaleros.

Artículo 25º. Asistencia a los ensayos.
Todas las reuniones del Cuerpo de Costaleros puntuarán como un
ensayo.
El número de ensayos, la fecha y la hora de los mismos se consensuará con el Cuerpo de Costaleros. No obstante si no hubiese acuerdo será el Capataz junto con el Responsable de la Junta de directiva y del Delegado de Costaleros quien lo determine.
La asistencia a los ensayos es totalmente obligatoria para todos los miembros del Cuerpo de Costaleros, si bien la no asistencia, en tanto no sea injustificada, no será en principio constitutiva de sanción.

Artículo 26º. Normas de comportamiento durante los ensayos.
Las normas de comportamiento en los ensayos son las mismas que para la salida procesional (a excepción de la uniformidad). En los ensayos una vez esté hecha la igualá y todo el mundo esté dentro del paso, no entrara ningún costalero y no contara el ensayo para él. Es obligatorio venir a todos los ensayos sin faltar a ninguno, si se falta a alguno ha de ser por una causa grave y en ese caso se estudiara si entra en primer turno o no, teniendo en cuenta la circunstancia que ha motivado la ausencia y las necesidades de costaleros para cubrir el paso.
Siempre tendrá preferencia la asistencia a todos los ensayos sobre la
antigüedad que sólo se tendrá en cuenta si se ha asistido a todos los ensayos.
Es obligatorio venir a los ensayos con faja o tubular puesto.
El día de la igualá general el costalero que no asista puede perder su posición en el paso por otro costaleros que vaya en su misma posición, es obligatorio venir con el calzado de salida puesto.


Artículo 27º. Dirección de los ensayos.
Será el Capataz el director del ensayo y quien determine los momentos de descanso y de diálogo, así como el recorrido y la duración del ensayo.

Artículo 28º. Uniformidad para la salida procesional.
La uniformidad será la determinada por la Asociación aprobada en
Junta General  y deberá ser rigurosamente seguida por todos los miembros del Cuerpo de Costaleros.
Vestimenta del costalero el día de la salida procesional:
-. Pantalón negro, camisa blanca o camiseta blanca y faja negra
Ø El costalero tiene que estar totalmente uniformado, los listeros y
delegado de costaleros estarán pendientes a la llegada de cada costalero y si no esta correctamente no dejado entrar en el paso.
Ø El costalero debe de ir uniformado vaya o no dentro del paso
MEDALLAS
El precio de las medallas será el siguiente 15 € para los socios y 20 € para los no socios

Artículo 29º. Normas para la salida procesional.
Cada miembro del Cuerpo de Costaleros, llegado el momento de la salida procesional, deberá ser responsable de realizar correctamente sus funciones, para lo cual deberá tomar cuantas medidas estime oportuno, y además ceñirse a las siguientes normas:
-          Antes de la procesión se rezara un Padre Nuestro y un Ave María.
-          No se llamara a los costaleros a que se metan debajo para hablar o rezar.
-           Solamente llamara el paso personas afines a la Asociación.
-          Siempre se tocara el himno nacional  a la salida y entrada de los patronos asi como repique de campanas.
Ø El día de la salida tiene que estar al corriente de pago de las cuotas de la Asociación  y papeleta de sitio.
Ø Es obligatorio estar en el patio de las escuelas 1 hora antes de la salida.
Ø Es obligatorio llevar puesta la faja o tubular.
-          Debajo del paso podrá haber una persona mandando las marchas a criterio del capataz enterada la Junta.
-          La levantadas serán siempre a pulso aliviado salvo algún levantada a pulso
Ø No entrara en el paso ninguna persona ajena al cuerpo de costaleros.
Ø No entrara en el paso ningún costalero que no haya ensayado o este penalizado por alguna circunstancia o le falten ensayos para salir en su turno. Tan solo entrara si se necesita refuerzo y el capataz ve que es imprescindible que entre para llevar el paso o aliviar a algún compañero
que este indispuesto en ese momento.
-          Los Perfumes y Colonias están prohibidos debajo del paso para evitar mareos y vómitos
Ø Está totalmente prohibido el consumo de alcohol o sustancias nocivas para la salud durante la salida procesional, así como, comer, fumar o comer chicle. Se puede beber agua pero lo mas discretamente posible
Ø Los costaleros tienen el deber de mientras estén debajo del paso no hablar con nadie y mucho menos con gente ajena al paso.
-          Los costaleros infantiles iran delante del paso portaran si lo lo hubieran, los ciriales, cruz parroquial, naveta caramelos, agua, postales etc
Ø Está totalmente prohibido salir de debajo del paso sin autorización del capataz a excepción del momento de los relevos.
Ø Cada miembro del Cuerpo de costaleros tiene la obligación y la responsabilidad personal de presentarse en el momento de la salida en las adecuadas condiciones de higiene personal y descanso.
Ø Todo costalero o contraguía, como un hermano más está obligado a colaborar con sus superiores en la salida procesional facilitando el tránsito de la hermandad y acatando y respondiendo con eficacia y prontitud a las órdenes del Capataz.
Ø Los costaleros están obligados a esperar los relevos en un lugar lo más cerca posible al designado para ello,  ayudando al normal discurrir de la procesión
Ø Si por cualquier causa se modifica el recorrido o se suspende la procesión todos los integrantes del Cuerpo de costaleros se abstendrán de realizar ningún comentario y en la valoración que se hará de la salida procesional se explicará y aclarará todo lo acontecido.
Ø Por tanto, todos los integrantes del Cuerpo de costaleros se limitarán a acatar las órdenes del Capataz con el fin de que lo que reste de procesión tenga lugar con absoluta normalidad. Y si hubiese que regresar a la Iglesia, el turno que porte el paso continuará hasta el final.
Ø Por motivos de seguridad se recomienda a todos los costaleros que en la Iglesia tanto a la salida como en la recogida se abstengan de vitorear a los Patronos cuando se está realizando la maniobra para salir o entrar para que todas las órdenes de esos delicados momentos lleguen a todos los costaleros. (desde que se levante el paso para plegar los zancos y hasta que los tengamos otra vez bien colocados)
El costalero deberá llevar durante la procesión la medalla

Artículo 30º. Valoración de las salidas procesionales.
El Representante de Costaleros convocará una reunión del Cuerpo de
Costaleros antes de finalizado el mes de Octubre con el fin de valorar la salida procesional del 29 de Septiembre y 7 de octubre.

Articulo 31ª Adquisición de nuevos  enseres.
Antes de la adquisición de nuevos enseres se deberá de hacer un estudio de la situación económica de la Asociación. No se podrá
Adquirir una pieza hasta que se haya pagado la anterior. Se deberá mirar y custodiar los enseres con el mayor decoro posible. Los enseres deben ir acorde a la línea de la asociación

Articulo 32º.  Préstamo de enseres
Se podrán ceder bienes con la aprobación de la junta de Directiva. Se elaborara un escrito para que la junta estudie el préstamo, si se concede deberán de devolverlo en las mismas cualidades en las que se prestó.



CAPITULO V.

OFRENDA FLORAL
Se realizará el día de víspera de la salida procesional.
La junta se encargará de su organización y preparación.
La imagen se pondrá sobre su trono . (En la peana mientras se esté tallando o dorando el paso y este se encuentre fuera de su ubicación por los mismos motivos)
La imagen saldrá completamente (pasando el arco de la puerta  de la iglesia) La ofrenda floral se hará para embellecer el paso, en cuanto deje de ser útil se podrá por parte de la junta abandonar o dejar de hacerse este evento.
Las flores se utilizaran para el adorno del trono y adorno de la iglesia.
MISA MAYOR
La imagen estará expuesta sobre su trono.
En peana mientras esté fuera de su ubicación por motivos de talla y dorado del paso.
Es obligatoria la asistencia a misa por parte de los socios (costaleros)
(Excepto motivos de mayor peso)

CAPÍTULO VI.
EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Artículo 33º. Faltas leves.
Podrán ser sancionadas directamente por el Capataz.
Como norma general la sanción será el apercibimiento y llamada al
orden.
Se considerará falta leve:
a) Desobediencias leves.
b) Entablar discusiones en los ensayos cuando el momento es
inadecuado.


Artículo 34º. Faltas graves.
Serán sancionadas por el Capataz pero con el consentimiento de la Junta de Gobierno, y deberán ser probadas y documentadas.
Las faltas graves pueden ser sancionadas desde el apercibimiento por
escrito de la Junta de Gobierno hasta la exclusión temporal del Cuerpo de Costaleros (pasando por no salir portando el paso), sin pérdida de condición de miembro de la Asociación.
Se considera falta grave:
a) La acumulación reiterada de faltas leves.
b) La desconsideración hacia otros miembros del Cuerpo.
c) Las actitudes indecorosas o palabras malsonantes de forma pública o en presencia del Titular.
d) La desobediencia premeditada y repetitiva.
e) Falta de asistencia injustificada a los ensayos.
f) La incomparecencia en el momento de la salida o del relevo.